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Policíaca

Tras divulgarse los audios de Andrea Ruiz, el OPC vuelve al Tribunal Supremo a pedir que re-consideren el caso

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«Las circunstancias han cambiado” desde que el Tribunal Supremo de Puerto Rico no hiciera lugar al primer pedido del Overseas Press Club (OPC), el gremio de prensa más antiguo de la Isla, para que se divulgaran las grabaciones del caso Andrea Ruiz Costas, la mujer asesinada por su expareja, Miguel Ocasio Santiago. 

Luego de que NotiCel diera a conocer los 12 minutos 36 segundos que duró la audiencia de Andrea Ruiz Costas con la jueza Ingrid Alvarado Rodríguez, en la que se le terminó negando la ayuda y protección que había requerido, el OPC volvió a presentarse hoy ante el máximo tribunal con una nueva moción. 

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Amparándose en la Regla 45 del Reglamento del Tribunal Supremo, -2011 T.S.P.R.174-, el OPC buscó una una última oportunidad de para pedir a esa corte que revea el caso. Y “sopese los argumentos de derecho que hemos presentado en los dos escritos anteriores”

A pesar de que se reveló esa grabación, sin permiso del Tribunal, el OPC señala que el caso “no ha perdido relevancia”, según el gremio de periodistas. “Por el contrario. Ahora adquiere más relevancia” el audio de la vista judicial celebrada el 25 de marzo de 2021.

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“La reacción pública al escuchar el audio ha sido una madura, cuestionando con seriedad los temas relacionados a la violencia contra la mujer”, dice la moción del OPC en referencia a las repercusiones tras conocerse las grabaciones.

“Andrea Cristina recibió un trato digno de parte del Pueblo, no fue objeto de escarnio ni burla. Y se concretó el deseo que tanto la familia de Andrea Cristina como la ciudadanía tienen de conocer y fiscalizar lo que pasa en los procedimientos judiciales sobre violencia doméstica. Pero se concretó solo en parte”, dice la moción.

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El OPC ha vuelto al Tribunal Supremo porque, más allá de este caso en particular, busca sentar precedente para el futuro. “Estamos ante una controversia constitucional de libertad de prensa”, sostiene y recordó que históricamente, los proceso judiciales han estado abiertos al público y a la prensa.

Para el OPC ninguna de las resoluciones emitidas por el Tribunal Supremo en contra de su pedido y de una solicitud que hiciera Asppro, la asociación de prensa de Puerto Rico, se realiza un “análisis legal alguno de los principios de libertad de expresión, libertad de prensa y el derecho a acceso a la información pública”. 

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“En su lugar, nuestros reclamos han sido analizados bajo una forzada hermenéutica que se separa tanto de la letra de la ley como de la intención del legislador, y que pretende equiparar la protección de la identidad de las víctimas que comparecen a las Salas Especializadas en Casos de Violencia Doméstica con la facultad de sellar expedientes judiciales”, señalan con la esperanza de que el Tribunal Supremo revierta su decisión. 

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