El Capitolio – La Comisión de Salud Ambiental y Recursos Humanos del Senado continuó hoy con las vistas públicas sobre el Proyecto de la Cámara 930 de la autoría de los representantes, Gabriel Rodríguez Águiló, José González Mercado y Joel Franqui Atiles, para enmendar la política pública sobre los humedales en Puerto Rico, a los fines de establecer una nueva definición para el término de humedal; ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a adoptar protocolos específicos para la delimitación de humedales en Puerto Rico.
La Junta de Planificación (JP) compareció ante la comisión que preside el senador Carlos Rodríguez Mateo, expresándose a favor de la medida. “La Junta de Planificación reitera su compromiso con la política pública promulgada en la medida de ley y señala que está preparada y capacitada para cumplir cabalmente con su deber ministerial sobre este asunto”, manifestó el Planificador Edwin Crespo Soler, quien asistió en representación de la Presidenta María del C. Gordillo Pérez.
¿Cuál es la postura concreta de la Junta de Planificación, la Junta está a favor de la medida o no?, preguntó Rodríguez Mateo, al Planificador, quien contestó en la afirmativa.
Por su parte, el senador independentista Juan Dalmau insistió en la pregunta hecha por Rodríguez Mateo, ¿Usted me puede decir o la Junta, de qué manera esa nueva definición de humedales mejora la definición actual?
A lo que Crespo Soler, contestó, “debe haber una protección mayor hacia los humedales por la importancia que son para un país, la política pública debe ser conservarlos y protegerlos. Nosotros como técnicos nos damos a la tarea de estar vigilantes a que se protejan (los humedales) para el bienestar de las futuras generaciones”.
“Me preocupa que la nueva definición incluye unas excepciones”, inquirió Dalmau Ramírez.
Según la medida en cuestión, “para efectos de esta Ley, solo pueden ser considerados humedales aquellas áreas que presenten indicadores positivos a suelos hídricos, vegetación hidrofílica y un régimen hidrológico que resulta en la saturación o inundación de los suelos buena parte del año, que mantenga un nexo significativo con cuerpos de agua bajo la jurisdicción de la “Ley de Agua de Puerto Rico”, según enmendada, y que no estén cubiertas por una de las exclusiones aquí incluidas”.
Mientras, el senador Cirilo Tirado criticó la postura de la JP. “Vemos que los grandes intereses siguen mandando en este país. La JP tiene que cambiar su postura no le hace bien defender proyectos que atentan contra nuestro ambiente”, dijo Tirado Rivera. Lamento la postura de la JP. La junta tiene que entender lo que está ocurriendo y el cambio drástico que se hará de aprobar esta medida”, insistió el legislador de la delegación del PPD.
Entre tanto, la Asociación de Constructores de Puerto Rico entiende que las actividades de construcción o de desarrollo de nuevos proyectos y actividades en Puerto Rico deben estar sujetas a un régimen de permisos que satisfaga cuatro criterios: (1) claro o transparente, (2) previsible o predecible, (3) correctamente fundamentado o racional, y (4) consistente o armonioso con criterios federales aplicables.
“En el pasado, la consideración de impactos ambientales se utilizó no como un mecanismo para exponer o considerar los impactos ambientales de actividades propuestas sino como una herramienta procesal para atrasar e impedir la justa y pronta evaluación y consideración
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