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Revés judicial en contra del PIP y MVC desestiman demanda sobre ligar candidaturas.

El juez Raúl A. Candelario López del Tribunal de Primera Instancia en San Juan desestimó la demanda presentada por representantes del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) para impugnar la prohibición a las alianzas electorales, por entender que la controversia es una cuestión política que las cortes de Puerto Rico no pueden resolver.
«Luego de examinar detenidamente la totalidad del expediente y de estudiar el derecho aplicable, este Tribunal concluye que no es necesario efectuar una vista en su fondo para resolver la controversia ante nuestra consideración, ya que no existe la necesidad de recibir prueba alguna, pues la controversia planteada es una de estricto derecho», expresó el togado en su sentencia de 25 páginas.
La prohibición impugnada está vigente desde 2011 y ha sido denunciada como una limitación a la democracia. La reclamación del PIP y del MVC buscaba que se declarasen inconstitucionales los artículos 6.1 y 7.9 del Código Electoral de Puerto Rico que prohíben las alianzas y las candidaturas coaligadas.