Departamento de la Vivienda
Extienden moratoria temporeras de desalojos por falta de pagos para proyectos de Vivienda Pública

SAN JUAN–El administrador de Vivienda Pública, Alejandro Salgado Colón anunció la extensión de la moratoria temporera de desalojos por falta de pago de renta para los residentes de vivienda pública y participantes del Programa de Sección 8, a tenor con la orden que emitió el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés).
El Aviso y Orden del CDC extiende la moratoria hasta el 30 de junio de 2021, con el fin evitar una mayor propagación del COVID-19.
“Los términos, requisitos y condiciones que establece la orden original de moratoria temporera continúan vigentes. Esto quiere decir que el ciudadano que haya presentado una declaración para acogerse a dicha moratoria no tendrá que firmar y someter una nueva declaración”, sostuvo Salgado Colón.
De igual forma, el administrador señaló que “esta es una de varias medidas a nivel federal y estatal para que continuemos evitando mayores contagios producto del COVID-19 mientras velamos por la seguridad y bienestar de nuestros residentes. Instamos a los participantes de nuestros programas a seguir protegiéndose, así como a sus familias, para colaborativamente erradicar esta pandemia”.
Los desalojos no relacionados con la falta de pago del alquiler aún pueden tener lugar; por ejemplo, en el caso de cualquier actividad delictiva.
La suspensión temporera de desalojos tampoco impide cobrar rentas, enviar cartas a los residentes para informar el balance adeudado o realizar gestiones administrativas de cobro y establecer planes de pago.
La moratoria no exime a los participantes de los programas aplicables de la obligación de pagar el alquiler y de cumplir con los términos del contrato de arrendamiento.
Las personas interesadas en obtener información adicional podrán comunicarse a las oficinas regionales correspondientes de Vivienda Pública o Sección 8.
Una vez se suspenda la prórroga, se procederá conforme con los procesos previamente establecidos por la legislación y reglamentación vigentes.